Guía para la gestión de riesgos psicosociales en el trabajo: equilibrio trabajo-vida privada
Recientemente se ha publicado en el Diario Oficial la “Guía para la Gestión de Riesgos Psicosociales en el Trabajo: Equilibrio trabajo-vida privada”, confeccionada por el ISP (Instituto de Salud Pública), con el objetivo de contribuir a la gestión de riesgos psicosociales con perspectiva de género al interior de las empresas, a través del desarrollo de orientaciones y recomendaciones para favorecer el equilibrio trabajo-vida privada.
Recientemente se ha publicado en el Diario Oficial la “Guía para la Gestión de Riesgos Psicosociales en el Trabajo: Equilibrio trabajo-vida privada”, confeccionada por el ISP (Instituto de Salud Pública), con el objetivo de contribuir a la gestión de riesgos psicosociales con perspectiva de género al interior de las empresas, a través del desarrollo de orientaciones y recomendaciones para favorecer el equilibrio trabajo-vida privada.
Los factores de riesgo psicosocial son situaciones y condiciones inherentes al trabajo y relacionadas al tipo de organización, al contenido del trabajo y la ejecución de la tarea y que tienen la capacidad de afectar positiva o negativamente el bienestar y salud física y psicológica del trabajador y sus condiciones de trabajo. Cuando el daño proviene de estos factores psicosociales, se denominan riesgos psicosociales laborales.
El Protocolo de Vigilancia de Riesgos psicosociales en el Trabajo del Ministerio de Salud, en el cual se sustenta esta guía, indica que es el empleador quien tiene el deber de medir la exposición a riesgos psicosociales de sus ambientes laborales y contar con las medidas necesarias para disminuir y/o eliminar sus efectos mediante la planificación de acciones específicas. En este contexto, el cuestionario SUSESO/RPSL que contempla la participación de todos los actores – incluidos los trabajadores – dentro de una organización o empresa, es el instrumento para medir los riesgos psicosociales en Chile.
De esta forma, recordamos que es el empleador el encargado de realizar la medición de riesgo psicosocial siguiendo las normas y metodología que recomienda la Superintendencia de Seguridad Social, debiendo de poner a disposición del organismo Administrador del Seguro de la Ley 16.744 a que se encuentre afiliado, los resultados de esta evaluación.
Por lo anterior, la recomendación es la de ponerse en contacto con la Mutualidad a la que se encuentre afiliada la empresa, a fin de poder elaborar en conjunto las estrategias y medidas preventivas adecuadas para el control de los riesgos psicosociales en el trabajo. Asimismo, actualizar los Reglamentos Internos de orden Higiene y seguridad, según corresponda, estableciéndose los nuevos modelamientos diferenciados en la aplicación, medición y evaluación de los resultados, dependiendo del número de trabajadores contratados directa o indirectamente por la empresa.
Una detección e intervención temprana, permitirá disminuir enfermedades profesionales que afectan la salud mental de los trabajadores, consiguiendo consecuencialmente, además, una mayor productividad y compromiso al interior de la organización.
Te invitamos a descaragar la guía a través de este link.