Protección y tratamiento de datos personales


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Protección Datos Personales webEl 13 de marzo de 2017, la Presidenta de la República envió al Senado un proyecto de ley que Regula la Protección y el Tratamiento de los Datos Personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales, en el contexto de una reforma substancial a la Ley 19.628 sobre Protección de Datos de Carácter Personal, que data de 1999.

El proyecto se funda en la necesidad de actualizar y modernizar la regulación actual de esta materia, que se estima superada e incluso obsoleta en parte, por el acelerado desarrollo tecnológico, la masificación de las tecnologías de la información y la expansión del comercio electrónico, entre otros factores.


El ojetivo principal de esta iniciativa legal, es equilibrar la protección de los derechos de las personas – especialmente el respeto y protección a la vida privada e intimidad – con la libre circulación de la información, e incrementar los estándares legales de protección y seguridad, con el fin de promover el desarrollo de la economía digital y favorecer la expansión del mercado de los servicios globales.

LEGISLACIÓN VIGENTE

La dictación de ley 19.628, supuso un gran avance en su momento, al regular el trato de los datos de carácter personal concernientes a personas naturales (titulares de datos), en registros o bancos de datos, por organismos públicos o privados. Se definieron los datos de carácter personal, como los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables; y, a su vez, los datos sensibles, como aquellos datos personales que se refieren a las características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada o intimidad, tales como sus hábitos personales, el origen racial, las ideologías y opiniones políticas, las creencias o convicciones religiosas, los estados de salud físicos o psíquicos y la vida sexual.

En relación con tales datos, la ley consagró para el titular de los mismos, derechos de acceso o información (qué datos se mantienen, para qué se usan y quién es responsable), de modificación o rectificación de datos, de cancelación o eliminación y el de oposición o bloqueo, cuya mayor repercusión práctica se ha dado en el ámbito del uso de datos personales relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial, Vgr. Obligaciones que consten en letras de cambio y pagarés protestados, incumplimientos de obligaciones derivadas de mutuos hipotecarios, entre otras.

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